Prestación para suministros básicos (COVID-19)

Ante la situación de vulnerabilidad económica en que se encuentran muchas familias a raíz de la crisis sanitaria derivada de la Covidien 19, el Gobierno de la Generalitat ha previsto una dotación presupuestaria de 20 millones de euros para gastos de primera necesidad y con el fin de paliar esta situación.

La prestación consistirá en una ayuda extraordinaria para la sostenibilidad económica de las familias en Cataluña por un importe de doscientos euros, en un pago único, con el objetivo de facilitar la adquisición de productos de alimentación, farmacia y otros suministros básicos.

La prestación se dirige a personas trabajadoras (personas físicas) que tengan cargas familiares y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  1.  Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos previstos en el artículo 22 del Real Decreto Ley 8/2020.
  2. Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas y de producción, de acuerdo con los supuestos previstos en el artículo 23 del Real Decreto ley 8/2020.
  3. Trabajadoras por cuenta ajena, fijas discontinuas, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo de acuerdo con el punto 6 del artículo 25 del Real Decreto ley 8/2020.
  4. Trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la extinción del contrato de trabajo.
  5. Trabajadoras por cuenta propia con suspensión o reducción de la actividad económica.

 

Solicitud de la ayuda

El plazo para presentar las solicitudes comienza el jueves 30 de abril y permanecerá abierto hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria destinada a la prestación.

Cada unidad familiar tiene derecho a una sola prestación extraordinaria por suministros básicos. Esta ayuda será compatible con la percepción de cualquier otra ayuda o prestación concedida por otras administraciones, entes públicos o privados.

El interesado deberá presentar la solicitud por internet y se resolverá en el plazo de 7 días hábiles. Una vez otorgada la ayuda, el pago se hará mediante transferencia bancaria, en un máximo de 7 días hábiles.

Las ayudas se otorgarán hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria.

Atención a la ciudadanía

  • 012 (de lunes a domingo de 8 a 22h)
  • 93 519 39 43 (de lunes a viernes laborables de 9 a 15h)
  • Buzón de contacto

Web Generalitat de Catalunya

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